Buenos Aires y el cannabis

Cannabis
Si bien es cierto la aceptación social y cultural del consumo de marihuana se nota más “relajada”, los controles policiales no parecen mostrar la misma tendencia. Un análisis a fondo.

Por Verónica Ocvirk

Es un domingo bien temprano y las calles de Balvanera son pura niebla: no se ve a nadie. En eso un hombre avanza por una vereda angosta. Empuja un cochecito, tose ruidosamente. Parece que lo suyo es solo un brutal resfrío, y sin embargo al pasar va dejando una estela de inconfundible perfume a hojas y pino: está fumando marihuana. La escena es real. Y otras tantas más o menos parecidas se verifican a diario en diferentes puntos de la ciudad de Buenos Aires. Sumado a la proliferación de grow shops (esos locales donde se venden productos y se asesora para el cultivo del cannabis) el fenómeno provoca pensar en cierta “relajación” en el consumo de esta sustancia.

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Es cierto que la Argentina ha adoptado últimamente un nuevo cuerpo normativo dentro del cual la Ley de Cannabis Medicinal es el hito más relevante. Y es cierto, también, que la Comisión de Estupefacientes de las Naciones Unidas aceptó hace pocos años el cambio de clasificación del cannabis, reconociendo sus usos medicinales a partir de lo recomendado por la Organización Mundial de la Salud. Así y todo cabe preguntarse: ¿qué sucede, mientras tanto, con los controles policiales? ¿Es correcta la percepción de que por fumar porro en la calle, o por llevar en el bolsillo unas flores, o por cultivar una planta, “ya no pasa nada”?

La ley, ese laberinto

La ley 27.737 fue votada en 1989, recién iniciado el menemismo y al calor de la “guerra contra las drogas” impulsada por Estados Unidos y avalada por prácticamente todas las convenciones internacionales. Esa “ley de estupefacientes” sigue vigente. Y el dato clave es que permite detener a las personas por tener para consumo personal sustancias psicoactivas (incluida, claro está, la marihuana).

La Ley Nacional de Salud Mental, sancionada en 2010, funcionó como un parteaguas al incluir a los consumos problemáticos en el marco de los asuntos de salud: fue entonces cuando el campo sanitario comenzó por primera vez a disputar el abordaje de las drogas al terreno de la seguridad.

En 2014 se votó la ley que crea el Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos (o “Plan IACOP”), que aún no fue reglamentada. Guarda una mirada comunitaria y no “criminalizante” hacia las personas cuyos consumos problemáticos pueden manifestarse como adicciones al alcohol y a las drogas, pero también hacia las compras, al juego y hasta a la tecnología.

2017 fue el año en el que salió la ley de Cannabis Medicinal. Pero en su primera y parcial reglamentación la norma terminó teniendo en la práctica una aplicación muy limitada: incluso las asociaciones como “Mamá Cultiva” (que fueron las que se organizaron para que la norma se votara) se quejaron de que solo podían acceder a su uso quienes se incorporaran a protocolos de investigación en epilepsia refractaria. De ahí que en 2020 se aprobó una nueva reglamentación que amplió las capacidades de esa ley a otros padecimientos y creó el Registro del Programa de Cannabis (“el Reprocann”), que depende del Ministerio de Salud de la Nación.

¿Por qué el cambio sí fue grande con el Reprocann? Porque ese registro habilita a que, con solo una indicación médica (que no está limitada a una determinada patología: puede ser desde dolor articular hasta autismo), las personas puedan inscribirse para tener hasta nueve plantas de cannabis y transportar hasta 40 gramos de flores secas. Incluso en los aeropuertos: con solo exhibir el carnet correspondiente, la policía no podrá detenerlas.

La ley 27.669 de 2022 creó la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y el Cannabis Medicinal, que funcionará en la órbita de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo (Ministerio de Economía). Su misión tiene que ver con controlar toda la actividad económica alrededor de la producción y el uso del cannabis, las semillas y sus productos derivados.

A todo esto, el artículo 19 de la Constitución Nacional establece que las acciones privadas de las personas que no afecten terceros quedan reservadas “al juicio de Dios” y están exentas de la autoridad de los magistrados. Y en 2009 –siguiendo justamente ese artículo- el célebre “fallo Arriola” reconoció la inconstitucionalidad del castigo a una persona adulta por tenencia de marihuana para consumo personal en el ámbito privado. Un poco antes, en 1986, el fallo Bazterrica había despenalizado la tenencia de marihuana para consumo personal, aunque apenas cuatro años después el fallo Montalvo volvió a penalizarlo.

“Si se encuentra que una persona tiene cannabis para consumo personal lo más probable es que la policía haga la consulta en la fiscalía, en la fiscalía le digan ‘no me molestes por esa pavada’ y todo quede en la nada. Pero ese ‘no me vengas con pavadas’ funciona para algunos fiscales, en algunos turnos y en ciertos contextos. Porque lo cierto es que la ley de estupefacientes está vigente, que las fuerzas policiales tienen posibilidad de aplicarla para detener a alguien por tenencia para consumo y que a partir de ahí se puede iniciar una causa penal”, explica Daniel Russo, psicólogo y Doctor en Salud Mental Comunitaria que desde hace años trabaja en el campo de la formación policial y políticas de drogas y fue, además, director nacional en Capacitación sobre Adicciones en Sedronar.

“En el abordaje de las drogas convive hoy un marco normativo bastante contradictorio, incongruente y perjudicial para el acceso a la salud de las personas usuarias”, señala por su parte Ariel Parajón, politólogo especializado en política de drogas.

“Por un lado está el paradigma internacional punitivo, que prohíbe consumir y comercializar determinadas sustancias psicoactivas y que en el sistema de salud tiene su correlato en el paradigma abstencionista. Y por otro están la ley de Salud Mental y la ley de Cannabis Medicinal, que es muy amplia y restituye derechos”, analiza quien es también coordinador académico de la Diplomatura en Políticas e Intervenciones en Drogas y Derechos Humanos de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires e integra a la vez el Colectivo de Reflexión sobre los Consumos de la Fundación Igualdad.

El experto destaca que esta última norma permitió además una explosión de las investigaciones académicas y científicas en el marco del cannabis medicinal. Y que tanto los gobiernos provinciales y municipales como los sistemas de salud van de a poco adecuándose a la nueva normativa. “Sin embargo –advierte– lo punitivo sigue pesando fuerte. Y como todavía rige la ley de estupefacientes, entonces las fuerzas de seguridad avanzan sobre consumidores y cultivadores”.

En la 1-11-14 o en Palermo

“Una cosa es fumarte un porro en Palermo un sábado a la noche con amigos, relajado, o con tu pareja, o solo, y otra vivir en la 21-24 en Zavaleta, o en la 1-11-14, rodeado de narcos y que te ofrezcan un porro”, dijo allá por 2021, la diputada de Juntos por el Cambio María Eugenia Vidal, y era cantado que una frase –con tantas aristas para profundizar– se transformaría pronto en tendencia.

“Es cierto que hay más aceptación social y cultural sobre el uso del cannabis. Aunque si uno ve las estadísticas de la policía de la Ciudad y el ingreso de causas al poder judicial se advierte que los controles no están en realidad tan relajados. Además, la diferencia por comuna es notable: eso se puede relacionar con la frase de Vidal”, reflexiona Parajón.

“La ley de drogas en números: sobre la pretendida lucha contra el narcotráfico” se titula un informe en el que la doctora en antropología Florencia Corbelle analiza las estadísticas y marca que desde 2019 (el año en el que se implementó en CABA la ley de desfederalización, que permite a las provincias juzgar el delito de tenencia para consumo) las causas por infracción de la ley de drogas en el distritito aumentaron… un 144 por ciento. En 2019 el delito de tenencia para consumo personal se incrementó un 340 por ciento. Y a la vez la distribución geográfica de las infracciones muestra que cerca del 80 por ciento de los casos se localizaron en la “medialuna sur” de la Ciudad.

Parajón analiza que este último dato se condice con el estereotipo del usuario de drogas o “el pibe de gorrita”, “lo que demuestra que la ley de drogas muchas veces se usa como chivo expiatorio para criminalizar determinadas poblaciones y sectores sociales. En Palermo o en la 1.11.14 la acción puede ser la misma: lo que cambia es el contexto. Por eso Vidal en el fondo tiene razón. No en la caracterización, pero sí en el hecho de que el contexto determina, influye y condiciona los efectos de ese consumo. Ahora bien: la salida no puede ser meter preso al pibe de barrio, sino que restituyamos los derechos de todos los usuarios. Y si encontramos que en los barrios populares hay más consumos problemáticos, entonces indaguemos qué pasa más allá de la sustancia”.

Para escribir su libro “Cuidar a la fuerza. Sobre la intervención policial con personas intoxicadas por uso de drogas” (2020, La Docta Ignorancia) Daniel Russo realizó decenas de entrevistas con policías. Y recuerda perfectamente cuando uno de ellos reconoció que “el vigi es clasista” al responder sobre cómo se desplegaba el accionar de acuerdo del perfil sociocultural de las personas y a las características de los territorios en los que circunstancialmente le toque intervenir.

“Cuando un policía tiene que actuar –dice Russo– organiza su intervención espontáneamente según varias dimensiones que se cruzan. Una tiene que ver con los marcadores socioculturales: si por caso se encuentra con un pibe con gorrita o un pibe con chomba polo. Pero después hay algo que tiene que ver con la lógica del desafío y el respeto a la autoridad, porque incluso si el pibe con chomba polo se muestra desafiante o colaborativo el policía ya va a tener una actitud distinta.

Luego importa si la misma escena sucede en un barrio residencial, en una zona comercial, o en una barriada. “En las zonas comerciales y residenciales, donde hay mucho flujo de personas, se da una doble situación. Por un lado el accionar se muestra como una acción de protección hacia los ‘vecinos de bien’, pero al mismo tiempo la aspereza en el trato se contiene porque podría generar la reacción del público. En las barriadas esas restricciones no están. Y entonces la libertad de accionar sobre los pibes es mucho más abierta hacia el maltrato y el verdugueo”, puntualiza.

“Finalmente –resalta– está la dimensión institucional, porque también depende de las órdenes que se bajen desde el poder político y judicial. En otras palabras: a veces se trabaja ‘para las estadísticas’, porque en aras de mostrar que se ‘combate al narcotráfico’ suma tener determinada cantidad de allanamientos y detenciones más allá de que no se trate de vendedores, sino de consumidores”, precisa. En otras palabras: las estadísticas de la llamada “lucha contra el narcotráfico” todavía se nutren de la escala más pequeña del negocio, que son los usuarios.

Lo que falta

El movimiento cannábico y de las organizaciones que trabajan el tema reconocen el avance que significó el Reprocann, pero aseguran que la lucha no está terminada.

Claudia Pérez, presidenta de la ONG Madres Cultivadoras Argentinas, dio hace poco una entrevista en la que sostuvo que entre otras cosas falta accesibilidad para todas las personas. “Tenemos el Reprocann, es cierto. Pero no tenemos suficientes profesionales en el área de salud pública para que la gente utilice esa herramienta y pueda anotarse con un médico que no le cobre una consulta. Entonces lo que hace falta más accesibilidad desde el área pública para asegurar ese ‘amparo’ que es el Reprocann. Porque no olvidemos que todavía existe la ley penal, y esa es otra deuda: debatir esa norma y dejar de estigmatizar a una planta”, reflexionó.

Más contradicciones asoman en el horizonte: el cannabis es la sustancia ilegal más consumida en la Argentina y en el mundo. Pero el consumo problemático más importante de la Argentina es el alcohol, no obstante el vino fue declarado en 2013 “bebida nacional”. Un informe reveló en 2012 que la venta de psicofármacos aumentó en 2021 cuatro veces más que la de otros medicamentos.

“El problema no son las leyes que se votaron –marca Parajón-, sino las que faltan para volver más integrales los abordajes de drogas. Hay que quitar del orden de la seguridad algo que tiene que ver con la salud. Y también entender que no todo consumo es un consumo problemático”.

Para el especialista se trata de despenalizar la tenencia para consumo personal, legalizar las sustancias y regular sus mercados con presencia del Estado en todos los eslabones de la cadena, desde el cultivo y la producción hasta la distribución y la venta. “Las drogas no son ilegales porque son peligrosas, son peligrosas porque son ilegales. Es la ilegalidad lo que impide trabajar para que los adolescentes no consuman, para tener un registro de quienes expenden y para controlar la calidad de lo que se comercializa”, explica.

“Cuando se reglamentó el cannabis medicinal se dio una discusión interesante, porque desde entonces uno tiene que pasar por el Estado y por el ministerio de Salud y por el sistema médico para justificar una acción que está justificada en el artículo 19 de la Constitución. Lo que hace falta ahora –finaliza- es una regulación para todos los usos”.

Fuente portal de la Cooperativa de Editores Barriales EBC
www.ebcprensacooperativa.net.ar

Fotografía de portada: fuente https://www.industriacannabis.com.ar/
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