Fallo que ordenó a la policía no portar armas de fuego en la represión
La discusión por la reforma previsional dejó heridas en lo político, en lo social pero también en lo judicial. El oficialismo descargó su ira contra la magistrada Patricia López Vergara por ordenar que la policía no portase armas letales. ¿Incumplió con la ley o acaso se pronunció por algo que hubiera tornado ilegal el operativo de seguridad? Amenaza de juicio político y críticas. Dos artículos de la ley de seguridad porteña la avalan.
Por Gabriel Morini
El Gobierno puso una vez más a prueba los alcances de su discurso republicano de división de poderes y de respeto institucional luego de que anunciara públicamente que iría por la destitución de la jueza en lo contencioso administrativo y tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Patricia López Vergara.
¿El motivo? La magistrada hizo lugar a un amparo presentado por el dirigente kirchnerista Mariano Recalde para que se garantizara el derecho a la manifestación durante las protestas en rechazo a la reforma previsional que se votó en la Cámara de Diputados. En rigor, la jueza hizo una declaración de principios en la que reafirmó algunas máximas fijadas por la ley con respecto a la prohibición en la portación de armas de fuego por parte de la policía.
Y también indicó que el uso de gas pimienta y de balas de goma debía ser la última instancia en un operativo donde se debía preservar la vida de los que manifestaba y la integridad física de los agentes de seguridad.
Los incidentes también se desarrollaron durante toda esa jornada graficados en diversos hechos de violencia. Conclusión: el Gobierno culpó a López Vergara por los destrozos, las heridas en los efectivos y por ende, por todas las consecuencias de otra jornada de violencia que tomó gran parte del macrocentro porteño.
El jueves 14 de diciembre ya se había desatado una descontrolada represión en las afueras del Congreso Nacional por la discusión de la reforma previsional que el Gobierno aspiraba a sancionar ese día. El oficialismo perdió esa jornada, en las calles, una batalla que tenía ganada en los números de la Cámara de Diputados con el auxilio de los gobernadores de varias provincias que en frenéticas gestiones habían conminado a los legisladores a bajar al recinto, tras la firma de los pactos fiscales con la Casa Rosada.
Mientras los incidentes a cargo de una desorganizada y feroz Gendarmería se desataban, la política primó para suspender la sesión y evitar así un desenlace imprevisible. De todas formas, la calle estaba tan caliente como la marca que alcazaba el termómetro.
La administración Cambiemos – tras vacilar sobre qué camino tomar para avanzar – decidió llamar a una sesión extraordinaria para el lunes 18 pero modificó la logística del operativo de seguridad y se la trasladó a la Policía de la Ciudad, tras los desbordes evidenciados por las fuerzas de seguridad nacionales, que poseen el monopolio del ejercicio de la fuerza, pero que su accionar también está sujeto a la ley y no puede ser violentada.
Tras el impasse, la situación caótica en las calles apuntaba a ser igual de cruenta que la semana anterior, con la diferencia de que el operativo se amplió en el radio en torno al Congreso que estaba vedado al acceso público. En las jornadas anteriores ni los Diputados habían tenido asegurados los ingresos.
Sabido es que cuando un operativo de represión incluye balazos de goma a la prensa, detenciones a mansalva y hasta gas pimienta arrojado a legisladores es que está fuera de control y cada agente actúa con arbitrariedad. A media mañana, horas antes de que a las 14 se fijara la hora de inicio del debate, López Vergara emitió un fallo.
Dispuso que las fuerzas de seguridad que tendrían intervención en la movilización no podrán utilizar armas de fuego y que las balas de goma y gases lacrimógenos sólo podrán ser utilizados como último recurso y a una distancia que minimice las consecuencias para los manifestantes.
Recalde y el secretario general de ATE Capital, Daniel Catalano, solicitaron, a través de una medida cautelar, que se garantice la seguridad de los ciudadanos que se iban a movilizar al Congreso.
López Vergara del Juzgado N° 6 en lo Contencioso y Administrativo de la Ciudad, dispuso que el Gobierno de la Ciudad deberá informar a su juzgado cuáles son las fuerzas de seguridad que tendrían intervención en la movilización. Además, todos los efectivos destinados al operativo deberán estar con uniforme reglamentario, y visiblemente identificados. El jueves anterior, las brigadas de civil fueron captadas en imágenes de las detenciones masivas.
La magistrada dispuso en el mismo escrito que los agentes no podrán utilizar armas de fuego y que las balas de goma y gases lacrimógenos sólo podrán ser utilizados como último recurso y a una distancia que minimice las consecuencias para los manifestantes.
Exigió al Gobierno de la Ciudad que informe también la nómina de vehículos que serán utilizados y entregar todas las filmaciones y registros que realice del operativo. Se prohibió además la utilización de vehículos y personal de civil no identificado y se ordenó evitar la dispersión innecesaria de los posibles detenidos en diversos lugares de detención.
En la jornada posterior a los incidentes que dejaron la Plaza de los Dos Congresos semidestruida, el Gobierno cargó a la jueza con las culpas. Allí mismo anunciaron que como se había extralimitado en sus funciones y había puesto en riesgo a los policías (no a los manifestantes, pese a que también se registraron excesos que derivaron en la detención de al menos un policía por pasarle por encima con su moto a un cartonero al que venía persiguiendo).
Por ello la denunciaron ante el Consejo de la Magistratura porteño, célebre por no tener las escaramuzas de su homólogo a nivel Nacional y que funciona como un extraño experimento de consensos y acuerdos políticos entre el oficialismo PRO y la oposición.
El órgano ha sido una de las garantías de gobernabilidad que acompañaron a Mauricio Macri y que continuaron con Horacio Rodríguez Larreta. Tampoco han echado a jueces incómodos para el macrismo, cuyos fallos adversos – en el caso de López Vergara – fueron contra el reajuste de tarifas del subterráneo, cuando pasó a manos porteñas.
El gobierno capitalino sabe también que cualquier revés será resuelto por el Tribunal Superior de Justicia (la Corte de la Ciudad) del que tampoco se le conocen fallos que hayan sido negativos para la administración porteña.
¿López Vergara “inventó” una sentencia en contra de la ley o innovó en el hecho de que no se portaran armas de fuego que podrían haber resultado en muertes? La respuesta es que no.
Por ley, la policía no puede portar armas letales en manifestaciones, así estas sean violentas. No se ha probado que hubiera tampoco armas de fuego entre los violentos que causaron desmanes. Se hizo famoso un inadaptado captado por las cámaras arrojando un mortero de estruendo atado a un palo en dirección a la policía. La poca sofisticación también va de la mano con la respuesta “razonable” que deben tener las fuerzas del orden para sofocar una revuelta.
Si alguien tira una piedra, es ilegal que sea contestado con fuerza letal por parte del Estado. Para abundancia de reglamentación basta consultar tratados del sistema interamericano en el uso de la fuerza, del que Argentina es parte, que son de cumplimiento obligatorio.
La Ley N° 5688 regula la actividad de la Policía de la Ciudad a través del Sistema Integral de Seguridad Pública. En sus artículos 99 y 100 clarifica que para el uso de la fuerza en concentraciones o manifestaciones públicas la intervención policial “debe garantizar el respeto y la protección de los derechos de los participantes, (…) debe otorgar preeminencia a la protección de la vida y la integridad física de todos los involucrados”.
Y agrega que “no está autorizado a la portación de armas de fuego y municiones de poder letal el personal policial que por su función en el operativo esté destinado a entrar en contacto físico directo con los manifestantes”. Es decir, el impedimento sobre armas de fuego no fue una creación judicial, sino un recordatorio acerca de que el operativo no debiera infligir la ley.
El artículo 100 aclara que es “obligatorio” para el personal “portar una identificación clara” que se pueda ver a simple vista en sus uniformes. La Cámara de Apelaciones ratificó el fallo de López Vergara. De todas formas, el oficialismo se esmeró en criticar a la jueza.
Si decide avanzar en su juicio político al calor de la ira, tensará al máximo no solo el respeto al Poder judicial, sino que apuntará a un magistrado por haber hecho cumplir con la ley, lo que lo colocará en la incómoda posición de admitir que “todo vale” para mantener el orden público.
Tal vez López Vergara haya salvado al Gobierno de una crisis social por las consecuencias inimaginadas de un operativo que resultara en muertes.