Entre gritos se frustró el tratamiento de una nota referida al régimen de información comunal

Consejo Consultivo Comunal 12 |


Un texto que sugería sumar información a la página oficial de la Comuna 12 terminó en agravios verbales y ninguna resolución. El mes pasado se rechazó una auditoría de gestión para tener datos sobre licitaciones y presupuestos.

Por Juan Manuel Castro

bujinkan illa pueyrredón

El jueves 23 de noviembre entre las 19 y las 20.30 horas se realizó la asamblea del Consejo Consultivo Comunal 12 en el primer piso del Club Sin Rumbo (Tamborini 6165) de Villa Urquiza. Fue el encuentro más concurrido del año, con casi medio centenar de personas.

Sin embargo, el único asunto tratado terminó a los gritos y su conclusión se dará en el último encuentro del año a celebrarse el 19 de diciembre en Coghlan. Es posible que sea en el Club El Tábano (Rómulo Naón 3029)

El tema en cuestión fue sugerir a la Junta Comunal 12 que sume información del Consultivo (actas y notas) al sitio web de la Comuna 12, que está dentro del portal oficial de la Ciudad de Buenos Aires. La Comisión de Gestión Presupuestaria, autora de la iniciativa, argumentó que es para cumplir con la vigente Ley N° 5.629 (aprobada por la Legislatura local el 22 septiembre de 2016)

Esta norma es sobre el Régimen de Publicación e Información Comunal. Su artículo tercero dice que estará constituido por el Libro de Actas de la Junta Comunal y el Consejo Consultivo Comunal con acceso a los ciudadanos; la Página Web de la Comuna y las Redes Sociales de la Comuna.

Es “obligatorio” que en los medios citados figuren: el reglamento o su norma de funcionamiento; las actas transcritas al Libro de Actas con sus anexos correspondientes, en el caso de existir; requerimiento, nota, pedido o solicitud que eleve cada integrante de la Junta Comunal o el Consejo Consultivo Comunal a través de la mesa de entradas de la Comuna o por sistema SADE, en virtud de las funciones que les confiere la Ley 1.777; proyectos, declaraciones o resoluciones emitidos por la Junta Comunal y resoluciones de Plenario del Consejo Consultivo Comunal, con su número de expediente; lugar, fecha, hora y temario de las Sesiones de la Junta Comunal y los Plenarios del Consejo Consultivo Comunal.

“En orden a que la precitada ley establece requisitos de participación a la Junta Comunal y al Consejo Consultivo Comunal 12 en resguardo de la participación contemplada en la Ley 1.777 genera ese espacio de intereses para ambas partes que, frente a la vigencia de la Ley N° 5629 habilita a este Consejo Consultivo Comunal 12 a requerir, en lo inmediato, el cumplimiento estricto de dicha norma en orden al rol de Autoridad de Aplicación que le cabe a la Junta Comunal en los términos del artículo 2° de la ley citada en segundo término”, decía el texto hecho por vecinos.

Durante el Consultivo hubo quienes rechazaron aprobar esta sugerencia. Dijeron que era un asunto “muy técnico” y criticaron a los vecinos autores de la propuesta. Sugirieron que los redactores del texto presenten la nota por su cuenta, fuera de la representatividad del Consultivo, en la mesa de entradas de la Sede Comunal 12. Se resolverá la próxima asamblea.

Es la segunda vez que una nota es rechazada en medio de polémicas. En el encuentro pasado, hecho en la Asociación Pro Fomento Pueyrredón (Bazurco 2922), por 11 votos contra 10 se rechazó pedir una auditoría de gestión de la Junta Comunal 12. La Comisión de Gestión Presupuestaria también hizo esa nota. Argumentaban sus miembros que había muchos datos públicos solicitados que la Junta nunca divulgó.

Lo que era una sugerencia para que haya mayor información pública al alcance de los visitantes de la página oficial de la Comuna 12 se tornó una gritería. Personas a las que no se vio en asambleas anteriores burlaron y faltaron el respeto a los vecinos de la Comisión de Gestión Presupuestaria cuando intentaban defender la presentación de la nota. “Te podés apurar que me tengo que ir”, dijo uno que luego recalculó y se quedó hasta el final.

Hay una paradoja latente en el Consultivo: si bien el de noviembre fue el encuentro más concurrido del año, queda en evidencia que son personas que se hacen presentes solo los días de asamblea. El trabajo de las Comisiones es escaso. No es la primera vez que Gestión Presupuestaria es la única Comisión que genera notas o debates.

La Comisión de Salud también muestra actividad y diálogo con las instituciones de la Comuna, ya sea el flamante Centro Integral de la Mujer de Saavedra, o autoridades del Hospital Pirovano. Sin embargo, hay muchas comisiones que no funcionan. Propiedad Horizontal o Educación son ejemplos, pese a que meses atrás se intentó reflotarlas.

Nuevos cargos gerenciales

El Gobierno porteño hizo modificaciones en el esquema de descentralización. Tras la renuncia de Sergio Constantino a la secretaría de Descentralización, ésta se convirtió en la secretaría de Atención y Gestión Ciudadana, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a cargo de Facundo Carrillo.

En paralelo, en la estructura de las Comunas se sumaron cuatro cargos gerenciales por medio de la Resolución Conjunta N° 1863/MHGC/17. En general, se designa a personas que ya prestaban funciones, ya sea como empleados de planta permanente o con contratos temporales.

El Presidente de la Comuna, Jorge Roca, firmó la Resolución N° 24.802.045/COMUNA12/2017, publicada en el Boletín Oficial del día 13 de noviembre, que designa en la Comuna 12 a Paula Sofía Vázquez Gregotti en la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa; a Leonardo Alfredo Cervi en la Gerencia Operativa de Gestión Comunal; a Andrea Carolina Kugler en la Subgerencia Operativa de Control Comunal y Obras y a Anabella Giselle Vianello en la Subgerencia Operativa de Participación y Atención Vecinal.

En la Legislatura está vigente un pedido de informes elaborado por los legisladores María Inés Gorbea y Marcelo Guouman (SUMA+): “El régimen gerencial de Comunas podría implicar, en general, quitarle el rol constitucional de los juntistas (comuneros), quienes de acuerdo con el artículo 20 de la Ley 1.777, son elegidos en forma directa por los ciudadanos con mandato de cuatro años. Como antecedente, en el año 2014 se llevó a cabo un amparo para impedir el avance del Decreto 251/14 ya que el mismo contrariaba el Título VI de la Constitución de la Ciudad y a la Ley 1.777, considerando tal acto del Poder Ejecutivo como un avasallamiento al Gobierno colegiado de las Comunas”.

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