La justicia porteña intimó al Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, a dar cumplimiento con la cautelar que obliga a no poner falta a los alumnos que no concurran a las escuelas y darles clases en forma virtual. Interviene la Asesoría Tutelar y la Defensoría del Pueblo de la Ciudad.
Por Ignacio Di Toma Mues
El Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, fue intimado por el juez de primera instancia Guillermo Scheibler, del fuero Contencioso Administrativo porteño, para que de cumplimiento a la medida cautelar, dictada el 19 de abril, que ordena no computar las faltas y/o quita de vacantes respecto de aquellos alumnos cuyos padres y madres resolvieran la no concurrencia de sus hijos a los establecimientos educativos. El fallo también obliga a que se tomen las medidas necesarias a fin de garantizar la escolaridad virtual.
El magistrado ordenó al Gobierno de la Ciudad “que en el plazo de 24 horas, acredite en la causa la comunicación a todos los establecimientos escolares de gestión pública y privada de la concesión y vigencia de la medida cautelar dictada en autos, bajo apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias en la persona de la Ministra de Educación del Gobierno de la Ciudad, Soledad Acuña, en su carácter de responsable de máximo nivel de conducción, por el monto de 50.000 pesos por cada día de retardo”.
El amparo fue presentado por familias de alumnos que optaron por la no presencialidad temporaria de sus hijos a las escuelas hasta tanto se declare el fin del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio o hasta que exista certeza sobre el control de la pandemia. El Gobierno porteño apeló la decisión del juez Scheibler, cuyo recurso fue concedido sin efecto suspensivo.
El 23 de abril la representante de la Asesoría Tutelar denunció el incumplimiento del fallo. Además resaltó que recibió una captura de pantalla de un correo electrónico que habría sido enviado por la supervisión del Distrito Escolar N° 10 a las escuelas de ese distrito.
El correo electrónico señala que “respecto a los mails enviados por las familias que soliciten adherir al DNU, les solicito envíen mail a esta Supervisión que serán reenviados al Área de Educación Primaria quien los está recepcionando para dar respuesta judicial por vulnerar al menor el derecho a la educación”
Los amparistas denunciaron que “diversas escuelas presentaron buena predisposición por parte de las autoridades educativas, pese a lo cual manifestaron no poder cumplir con la garantía de enseñanza virtual y estar obligados a registrar las inasistencias y comunicarlas al Ministerio”. Y detallaron, entre otras, a la Escuela 12 DE. 6, Escuela República del Paraguay; Liceo 9; Escuela 9 DE. 2; Escuela N°1 DE 16 y Escuela 12 DE 12 Provincia del Chaco.
Respecto a las escuelas privadas, explicaron que “en algunos casos la Dirección General de Educación de Gestión Privada no informó debidamente lo ordenado por la medida cautelar mientras que en otros la escuela envió a los padres una ‘nota’ en la que referían que los protocolos y la normativa indican e imponen la obligatoriedad de asistencia presencial a las actividades educativas”
Por otra parte se presentó el Defensor del Pueblo de la Ciudad, Alejandro Amor, quien ofreció “las herramientas institucionales con el objetivo de cooperar en la presente causa”. Además señaló, en el expediente, que tomó conocimiento de las denuncias de personal docente sobre instrucciones para no brindar clases virtuales a los alumnos que no concurrieran a las clases presenciales y de amenazas de sanciones en caso de dictarlas. “Se formuló un oficio con pedido de informes dirigido a la Ministra de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” aseguró el Defensor del Pueblo.