Inmobiliarias no podrán cobrar una comisión mayor a un mes del contrato de alquiler

La justicia porteña suspendió la resolución del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad que autorizaba a las inmobiliarias a cobrar más de un mes de comisión a los inquilinos de inmuebles destinados a vivienda.

(EBVP) La justicia de la Ciudad suspendió la resolución del Colegio único de Corredores Inmobiliarios (CUCICBA) que autorizaba a las inmobiliarias a cobrar dos meses de comisión a los inquilinos de inmuebles destinados a vivienda.

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Los corredores inmobiliarios no podrán cobrar en concepto de comisión al inquilino de un inmueble con destino a vivienda un importe superior al 4,15% del valor total del respectivo contrato (equivalente a un mes) de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 2340” dice la resolución judicial dictada el 6 de mayo. Todo esto hasta tanto haya sentencia definitiva.

El juez Marcelo Segón, del fuero Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, fue el encargado de emitir el fallo que hace lugar al amparo presentado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia, junto a Gervasio Muñoz de Inquilinos Agrupados.

A su vez, el magistrado estableció que CUCICBA debe velar por el estricto cumplimiento del fallo “ejerciendo el poder disciplinario con independencia de la responsabilidad civil, penal o administrativa que pueda imputarse a los matriculados” y que por cada hecho que viole la medida judicial se le impondrá una multa de 20 mil pesos.


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