Representantes del Inter Consejos Consultivos Comunales le solicitó precisiones a la Presidenta de la Legislatura, Clara Muzzio, acerca de las medidas legislativas para hacer cumplir la ley de Transparencia Comunal. Proyecto para transmitir en vivo las sesiones de las juntas comunales y ampliar la información pública obligatoria.
Por Ignacio Di Toma Mues
El 10 de abril de este año voceros del Inter Consejos Consultivos Comunales presentaron un escrito formal a la presidenta de la Legislatura porteña, la Vice Jefa de Gobierno Clara Muzzio, para solicitar precisiones sobre el seguimiento de la Resolución 178/2024, firmada por ella el 11 de julio de 2024. Dicha resolución encomendó al Poder Ejecutivo recabar información sobre el cumplimiento de la Ley 5629 de Transparencia, Publicación e Información Comunal.
Según el escrito, las respuestas enviadas por los presidentes de las Juntas Comunales revelaron tres incumplimientos clave:
- Falta de dominio web propio: Ninguna Comuna tiene registrado un sitio oficial independiente.
- Centralización de la información: Las actas de las Juntas y Consejos Consultivos se publican únicamente a través de la Subsecretaría de Gestión Comunal, dependiente del Gobierno de la Ciudad.
- Ausencia de partidas específicas: No existen fondos asignados para implementar la ley.
”Pese a haberse recibido estas respuestas hace meses, no se observan avances legislativos para resolver las falencias expuestas”, denuncia el texto. Y agrega: ”La Ley 5629 está vigente y debe cumplirse en los términos establecidos”.
Puntos salientes de la Ley 5629
La ley, sancionada en septiembre de 2016, establece que cada Comuna deberá tener una página web configurada con el dominio comuna X.gob.ar, siendo X el número de la Comuna correspondiente, administrada exclusivamente por la Junta Comunal.
Y agrega que “el registro del dominio deberá ser efectuado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la renovación del dominio estará a cargo de éste”, mientras que “el diseño y el mantenimiento de la Página Web estará a cargo de cada Junta Comunal”.
Además, da un marco de contenidos mínimos del sitio digital de cada comuna, con al menos cuatro secciones referidas: a la Junta Comunal; a los Consejos Consultivos Comunales; a los temas de interés comunal y a los reclamos.
Respecto a la sección referida a la Junta Comunal, entre otros puntos, deberá informarse sobre las Actas definitivas que surjan de las sesiones efectuadas; las resoluciones y declaraciones; cantidad de personal de la Comuna y sus cargos; notas de la Junta Comunal presentadas ante el Gobierno de la Ciudad y Organismos Públicos; el informe semestral presentado ante el Consejo Consultivo Comunal; y la rendición de cuentas de la ejecución del presupuesto de la Comuna, remitidos al Poder Ejecutivo para su publicación, informando fecha y número de expediente.
Y en cuanto a los reclamos, estarán referidos a las competencias exclusivas y concurrentes de las Comunas, y deberán ser contestados por la Junta Comunal en un plazo razonable que no podrán exceder los treinta días contados desde el momento en que se le asignen un número de expediente.
Por último, cabe destacar que en junio del año pasado el legislador de Unión por la Patria, Juan Pablo O´Dezaille, presentó ante la Comisión de Descentralización y Participación Ciudadana, un proyecto que hasta la fecha no se ha tratado, que modifica la ley 5629 con el objetivo de garantizar transparencia y acceso ciudadano a la gestión de las Juntas Comunales.
Las modificaciones propuestas obligan a difundir información clave, incluyendo actas, proyectos, resoluciones, temarios de sesiones y, destacadamente, transmisiones en vivo por redes sociales de las sesiones de las juntas y la publicación de las grabaciones post-sesión.
También amplía la información pública obligatoria en el portal de la Comuna, incorporando datos de integrantes, reglamentos internos, personal, presupuesto ejecutado, y todas las grabaciones de sesiones.