Buscan reglamentar la tribuna popular

Proponen reglamentar el uso de la Tribuna Popular en la Legislatura porteña. La iniciativa está impulsada por los legisladores Adrián Camps, Gustavo Vera y Natalia Fidel.

(EBVP) Mediante un proyecto de resolución buscan reglamentar el uso de la Tribuna Popular establecido en el artículo 76 del Reglamento Interno de la Legislatura porteña. La iniciativa fue presentada por Adrián Camps (Socialismo Auténtico); Gustavo Vera (Bien Común) y Natalia Fidel (Suma+)

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Hace 20 años, en 1996, integrantes de APEVU-Asamblea Permanente por los Espacios Verdes Urbanos presentaron formalmente siete proyectos en la Convención Estatuyente, entre los que se incluía la Banca del Vecino.

“Este es el origen de la existencia de la Tribuna Popular en los artículos 76 y 77 del Reglamento Interno de esta Legislatura” explican los legisladores.

Cabe destacar – y así se hace constar en los fundamentos del proyecto – que en octubre de 2015 la Sala III de la Cámara en los Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, hizo lugar al amparo iniciado por un integrante de la Red Interparques y Plazas y ordenó a la Legislatura de la Ciudad que adopte las medidas necesarias para garantizar el ejercicio inmediato de la Tribuna Popular regulada en los artículos 76 y 77 del Reglamento Interno de la Legislatura.

A su vez los autores de la iniciativa dan cuenta que “la presente es, en veinte años, el 49° proyecto de Resolución presentado en la Legislatura para efectivizar la Banca del Vecino o Tribuna Popular”.

La resolución define a la Tribuna Popular como el instituto “que permite efectuar a la ciudadanía planteos sobre temas de especial interés para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o sobre proyectos presentados que tengan estado legislativo, tengan o no despacho de comisión y figuren o no en el orden del día de la sesión ordinaria en que se desarrolle”.

Por otra parte establece que podrán hacer uso de esta herramienta, durante la primera media hora de cada sesión, las personas físicas, entidades de bien público, organizaciones sociales o entidades que propendan a la defensa de los derechos de incidencia colectiva que desarrollen sus actividades en el ámbito de la Ciudad.

Cada orador tendrá un tiempo de exposición de 5 minutos, y se fija un máximo de cinco oradores por sesión.

La Secretaría Parlamentaria será la encargada de recibir por escrito la solicitud de quienes quieran hacer uso de la Tribuna Popular y lo deberán hacer en un lapso no menor a 48 horas del inicio fijado para la sesión en que deseen participar. Se notificará a los peticionantes con una antelación no menor a las 24 horas, su inclusión en el orden del día.

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