La Federación de Comercio e Industria anunció que el Gobierno de la Ciudad eximirá del impuesto inmobiliario a los comercios no esenciales en junio y julio, y se otorgarán préstamos hasta 500 mil pesos al 12% con seis meses de gracia. Por otro lado informó como podrán acceder al permiso de circular los trabajadores no esenciales para despachar mercaderías con la modalidad de entrega a domicilio.
Comercio no esencial: impuesto inmobiliaria, créditos blancos y permisos de circulación
(EBVP) La Federación de Comercio e Industria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (FECOBA) anunció que el Gobierno de la Ciudad dispuso exceptuar del pago del impuesto inmobiliario en junio y julio a los comercios no esenciales que a partir de este miércoles deberán cerrar sus locales luego de que fueran habilitados el 12 de mayo.
“Las medidas constituyen sólo un paliativo en medio de una catástrofe económica que provoca el cierre masivo de pymes” reconoció el presidente de FECOBA, Fabián Castillo. Desde la federación detallaron que esta iniciativa “involucra a un total de 110 mil comercios, entre los que figuran, bares, restaurantes, librerías, peluquerías, jugueterías, hoteles, gimnasios y tiendas de indumentaria y calzado”.
Un punto que no se aclaró tiene que ver con los comerciantes que han pagado el total del impuesto (con el descuento) o los que ya han pagado el mes de junio, ya que este tributo vence entre el 10 y el 20 de cada mes.
Por otra parte, también informaron, luego de mantener una reunión con el ministro de Desarrollo Económico de la Ciudad, José Luis Giusti, y el subsecretario Pyme, Christian Bauab, que el Banco de la Ciudad dispondrá de una línea crediticia al 12% anual.
Expresaron desde FECOBA, en un comunicado, que el ministro Giusti “se comprometió a un acceso ágil para el sector, a fin de otorgar préstamos por un monto máximo de hasta 500.000 pesos por comercio a una tasa fija del 12 por ciento. El préstamo contempla un período de gracia inicial de hasta seis meses para el pago del capital e intereses y luego hasta 18 cuotas fijas, abonando la primera cuota en enero de 2021”.
En cuanto a los permisos para circular de los trabajadores de comercios no esenciales que tienen sus locales cerrados y que venden por Internet y despachan sus mercaderías por la modalidad de entrega a domicilio, FECOBA explicó en su sitio web la manera de obtenerlos.
Castillo, presidente de federación de comerciantes e industriales porteños, destacó que “aquellos comerciantes que han podido abrir al público, pero que sin embargo deberán volver a cerrar sus persianas hasta el 17 de julio, podrán continuar operando solamente a través de la venta por internet”.
Desde FECOBA señalaron que para tramitar el permiso de circulación “es necesario tener en cuenta que a través del Artículo 14, Inc. 5, del Decreto 576/2020 podrán descargar el permiso aquellos que tienen a su cargo la entrega de mercadería destinada a ser enviada a domicilio” y agregaron que “el Artículo 13, Inc. 19 provee el permiso para aquellas personas encargadas de los repartos al cliente en su domicilio postal”.
Para mayor información ingresar al sitio de FECOBA.
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