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La Ciudad abre la inscripción al Mecenazgo y Patrocinio Deportivo

Club Sahores Villa del Parque

Desde el 4 de septiembre, clubes de barrio, organizaciones y deportistas podrán presentar proyectos para acceder a un sistema que permite obtener financiamiento privado con beneficios fiscales para quienes realizan los aportes. La convocatoria permanecerá abierta hasta el 18 de septiembre.


El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires abrirá el próximo 4 de septiembre la inscripción para la convocatoria 2026 del Régimen de Mecenazgo y Patrocinio Deportivo, una herramienta destinada a facilitar el financiamiento de proyectos vinculados con el deporte.

La convocatoria permanecerá abierta hasta el 18 de septiembre y la presentación de los proyectos deberá realizarse de manera online a través del sistema de Trámites a Distancia (TAD).

El régimen está dirigido a personas humanas y entidades privadas sin fines de lucro que desarrollen actividades deportivas en la Ciudad. Entre los posibles beneficiarios se encuentran deportistas, asociaciones, federaciones y, especialmente, los clubes de barrio, que pueden presentar iniciativas vinculadas tanto con sus actividades deportivas como con el mejoramiento de su infraestructura y la adquisición de equipamiento.

Cabe destacar que la Ley de Mecenazgo y Patrocinio del Deporte se sancionó en 2021 – Ley 6.515 – por iniciativa de Juan Francisco Nosiglia (UCR-Evolución), modificada en 2024 por un proyecto de Matías Lammens (Unión por la Patria) – Ley 6.802 – que aumentó el límite que se puede destinar a mecenazgo o patrocinio y mejoró y simplificó el beneficio fiscal para financiar entidades, incluidos los clubes. El Gobierno de Jorge Macri recién la reglamentó en Marzo de este año.

Mecenas y patrocinadores

El sistema permite que empresas y otros contribuyentes de Ingresos Brutos financien proyectos deportivos previamente aprobados por la Ciudad y puedan computar esos aportes como pago a cuenta del impuesto. El incentivo fiscal permite destinar a estos proyectos hasta el 20% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos determinado en el ejercicio anterior; en el caso de los Grandes Contribuyentes, el límite es del 10%. Pero solo puede afectarse a este incentivo el 80% del aporte.

La ley diferencia dos modalidades. El mecenas deportivo realiza un aporte sin recibir una contraprestación, mientras que el patrocinador deportivo puede asociar públicamente su nombre o marca al proyecto que financia.

De esta manera, una institución que obtiene la aprobación de su proyecto queda habilitada para buscar empresas o contribuyentes interesados en acompañarlo. La aprobación no significa que el Gobierno porteño entregue directamente los fondos, sino que permite acceder a este mecanismo de financiamiento privado con incentivo fiscal.

Una oportunidad para los clubes de barrio

Uno de los aspectos destacados del régimen es la inclusión de los clubes de barrio, instituciones que muchas veces necesitan recursos para sostener, mejorar y ampliar sus actividades.

Los proyectos pueden contemplar, entre otras posibilidades, obras y mejoras de infraestructura, adquisición de materiales y equipamiento deportivo, desarrollo institucional y participación en competencias.

La inscripción estará disponible del 4 al 18 de septiembre a través de la plataforma TAD.

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