Suspenden audiencia por aumento en la tarifa del estacionamiento medido

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logo-nota-elbarriopueyrredonLa justicia porteña hizo lugar al amparo presentado por las legisladoras Myriam Bregman y Alejandrina Barry y suspendió la audiencia pública para tratar el aumento de la tarifa del estacionamiento medido en la vía pública. Denunciaron errores en la convocatoria. Estaba prevista para mañana viernes en la sede de la Comuna 1.

(EBVP) El juez Andrés Gallardo suspendió la audiencia pública de mañana viernes en la que debía tratarse el incremento de la tarifa del estacionamiento medido en la vía pública. El magistrado señaló en su fallo que “lo que aquí se encontraría vulnerado, en caso de realizarse la audiencia en las condiciones actuales es el interés público de quienes pretenden participar en condiciones plenas de la Audiencia Pública convocada por el Gobierno de la Ciudad y fueron dirigidos a un domicilio erróneo”.

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Las legisladoras porteñas, Myriam Bregman y Alejandrina Barry, ambas del Partido de los Trabajadores Socialistas, presentaron el amparo solicitando la suspensión de la audiencia. En la demanda destacaron que la dirección para ir a inscribirse y tomar vista del expediente en forma presencial pertenecía a la “Asociación Civil Niño Jesús”. No era la sede de la Subsecretaría de Gestión Comunal como anunciaba el Gobierno de la Ciudad en la convocatoria.

Afirmaron que “el Gobierno de la Ciudad ha vulnerado abiertamente la legislación y jurisprudencia aplicable a la materia, toda vez que incurrió en graves errores vinculados directamente con el derecho a participar en forma plena en la Audiencia Pública: por un lado, la posibilidad de inscribirse, y por otro, la de obtener información sobre la temática”.

El juzgado realizó una visita presencial al lugar y confirmó la denuncia. Isabel De Simone, Directora de la Asociación Civil Niño Jesús, informó a la Actuaria que “es una ONG que se ocupa de albergar a madres con sus hijos y que no tiene nada que ver con la Subsecretaría de Gestión Comunal de la CABA”

El juez Gallardo afirmó en su fallo que “la Cámara de Apelaciones del fuero sostuvo en un fallo reciente, al decretar la nulidad de una audiencia pública convocada y celebrada por el Gobierno local en los términos de la ley 6, que no hay audiencia sin convocatoria y no hay efectiva convocatoria si la información que se expresa a través de ella es insuficiente y, mucho menos, si es confusa o errada”.

Y sostuvo que “se trata de un error esencial, que afecta insanablemente la validez de la convocatoria, dado que quienes como las actoras quisieron ejercer su derecho constitucional y legal de tomar vista de las actuaciones, se vieron imposibilitados de hacerlo como consecuencia de la deficiente convocatoria”.

Por último, resaltó que “de celebrarse dicho acto, se consumaría la afectación del derecho a la participación integral de las actoras y de otros habitantes de la Ciudad que eventualmente hubieran concurrido al lugar previsto para la inscripción presencial y vista del expediente”.

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