La accesibilidad un derecho vulnerado cotidianamente

A pesar de la Convención Internacional para las Personas con Discapacidad incluida en la Constitución Nacional, el reconocimiento en las constituciones provinciales, de la Ciudad de Buenos Aires y las leyes que reglamentan la accesibilidad, este es un derecho vulnerado cotidianamente.

Por Mailén Maradei

“Los Estados adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte y a otros servicios e instalaciones abiertas o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales”.

De esta forma, comienza el artículo 9 de la Convención Internacional para las Personas con Discapacidad, un tratado que constituye el pilar fundamental de los derechos que posee una persona con discapacidad a nivel internacional.

En la Argentina, la Convención Internacional, ratificada en 2008, está vigente pero también la Constitución Nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establecen artículos que aseguran la igualdad de oportunidades y la eliminación de barreras arquitectónicas.

A su vez existen leyes que garantizan el derecho a la accesibilidad. Según la Ley Nacional 22.431, la accesibilidad es “la posibilidad de las personas de gozar de las adecuadas situaciones de autonomía como condición primordial para el desarrollo de las actividades cotidianas, sin restricciones derivadas de la inadecuación del medio físico”.

Esta ley, llamada “Sistema de Protección Integral de los Discapacitados” establece “la supresión de barreras físicas en los ámbitos urbanos arquitectónicos y del transporte que se realicen o en los existentes que remodelen o sustituyan en forma total o parcial sus elementos constitutivos con el fin de lograr la accesibilidad para las personas con movilidad reducida”. Además considera otra batería de derechos para la integración de las personas con discapacidad en la sociedad.

En el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, la Constitución porteña promueve la eliminación de barreras arquitectónicas en el artículo 42 que garantiza el derecho a la plena integración, la información y la equiparación de oportunidades y “prevé el desarrollo de un hábitat libre de barreras naturales, culturales, lingüísticas, comunicacionales, sociales, educacionales, arquitectónicas, urbanísticas, del transporte y de cualquier otro tipo”.

Para los espacios públicos y privados, el Gobierno de la Ciudad reglamentó la ley 962 de “Accesibilidad Física Para Todos” que dispone que todos los edificios públicos o privados deben adecuar sus instalaciones para garantizar la libre circulación de las personas con discapacidad.

Aunque esta ley porteña debe cumplirse, la resolución 309 de mayo del 2004 exceptúa a los locales y comercios porteños a cumplir con la ley 962.

Esta resolución establece tres requisitos para su incumplimiento: que los locales hayan sido construidos antes del 2002, que no hayan realizado obras de ampliación o que no puedan modificarse las características verticales y horizontales del edificio.

Los tratados internacionales, las leyes nacionales y municipales también son un instrumento para el cumplimiento de los derechos de las personas con discapacidad, sin embargo, la accesibilidad es un derecho vulnerado cotidianamente.

Veredas rotas, ausencia de rampas, locales y comercios que no cuentan con un baño adaptado y una rampa para garantizar la permanencia o el ingreso son obstáculos cotidianos que una persona con discapacidad debe atravesar pero que pueden saldarse si la accesibilidad se considera una inversión.

Miradas para garantizar la accesibilidad

Las leyes nacionales son un gran aporte para garantizar espacios accesibles pero también existen organismos encargados de monitorear, regular y generar proyectos que mejoren la accesibilidad.

En el ámbito nacional, la CONADIS – Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad – creó un Plan de Accesibilidad para suprimir las barreras arquitectónicas y favorecer la aplicación de la ley 24.314.

Este plan, coordinado por el arquitecto Claudio Bernadelli, pretende actuar en conjunto con cada localidad, ONG’s y empresas privadas.

Asimismo, la Cámara de Diputados aprobó la creación del Observatorio de Discapacidad el año pasado. Este organismo, presidido por María José Lubertino, tiene tres ejes de trabajo: la accesibilidad, el transporte y el trabajo.

Por otra parte, otro de sus objetivos es coordinar equipos de trabajo en conjunto con ONG’s, actores importantes para el cumplimiento de cada ley.

Las organizaciones no gubernamentales, asociaciones y fundaciones que realizan relevamientos, denuncias e informes y trabajan para mejorar la accesibilidad también juegan un rol muy importante para la consolidación de un país libre de barreras arquitectónicas y para la integración de las personas con discapacidad en la sociedad.

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