Para las carreras de calle será obligatorio presentar un apto médico

Será obligatorio el certificado médico de aptitud física para poder participar en las competencias atléticas de calle de 5 o más kilómetros. “Con la puesta en marcha de la presente ley se pretende prevenir y reducir los infortunios en el deporte” manifestó el legislador Hernán Rossi, autor de la iniciativa.

(EBVP) La Legislatura sancionó el proyecto que establece la obligatoriedad de un Certificado Médico de Aptitud Física para la práctica de carreras de calle de carácter competitivo de 5 kilómetros o más.

La norma indica que esta obligación también regirá “cuando la convocatoria o participación deportiva involucre a grupos de personas que por su cantidad no pueda considerarse práctica deportiva individual”.

La certificación tendrá una validez máxima de un año a partir de la fecha en la que fuera expedido.

Por otro lado fija que los organizadores de estas competencias deberán exigir a los participantes la presentación del apto médico al momento de la inscripción y previo a la realización de cualquier actividad o práctica deportiva.

La iniciativa, de autoría del legislador Hernán Rossi del bloque Suma +, incorpora esta obligatoriedad a la Ley 139 que regula la actividad en gimnasios.

En los últimos tiempos la sociedad se ha visto conmocionada por los sucesivos casos de Muerte Súbita que afectaron a jóvenes aparentemente sanos mientras realizaban actividades deportivas o inmediatamente después de haber finalizado las mismas” alerta Rossi en los fundamentos de su proyecto y agrega que según la Federación Internacional de Medicina del Deporte el 7% de los casos de muerte súbita ocurren en atletas de entre 15 y 35 años.

El legislador hace hincapié sobre el aumento exponencial de los participantes de las maratones y que la Ley 139 regula los establecimientos destinados a la enseñanza o práctica de actividades físicas y no competitivas “con lo cual claramente no quedan incluidas en su ámbito de aplicación las entidades deportivas y los circuitos callejeros que se realizan reiteradamente en la ciudad, vacío legal que se pretende cubrir con esta ley”.

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