La Legislatura aprobó la ley que crea el plan de acompañamiento a pacientes hospitalizados enfermos de Covid-19 o de otra enfermedad terminal. La sanción fue con el voto unánime de los 58 legisladores presentes. La sesión fue mixta, presencial y virtual. El Ministerio de Salud porteño hoy dio detalles de los protocolos.
(EBVP) Ayer jueves 27 de agosto se aprobó la ley que crea el plan de acompañamiento a pacientes hospitalizados por Covid-19 o de otra enfermedad terminal. “En situación final de vida” expresa el primer artículo de la norma sancionada con el voto unánime de los 58 legisladores presentes. Hay que resaltar que la sesión fue mixta, algunos legisladores estuvieron presentes físicamente en el recinto y otras lo hicieron en forma virtual.
La ley regirá en forma obligatoria para los hospitales del Gobierno de la Ciudad, pero no lo es para los sanatorios privados y del sector de la seguridad social; la norma sólo los invita a adherirse. Por otra parte, la ley establece que la presencia de los acompañantes podrá ser “de manera virtual o presencial, de acuerdo a las circunstancias”.
A su vez fija deberán dictarse protocolos a los fines de garantizar la seguridad, información y contención necesaria para pacientes y acompañantes. El protocolo será definido por las autoridades sanitarias para “establecer el procedimiento correspondiente a fin de que todo/a paciente en estado crítico y/o su entorno afectivo tome oportuno conocimiento del Plan y de los requisitos y condiciones necesarias para su implementación”.
Esta mañana, en la conferencia de prensa de funcionarios del Ministerio de Salud, encabezados por el titular de la cartera Fernán Quirós, el subsecretario de Planificación Sanitaria y Gestión de Red, Daniel Ferrante, anunció que la Ciudad implementó un “protocolo de acompañamiento de pacientes críticos en contexto de pandemia”. Y detalló que los requisitos es tener entre 18 y 60 años, gozar de buena salud general, no presentar factores de riesgo y no estar embarazada.
“Este protocolo da recomendaciones sobre una comunicación adecuada a familiares y allegados, tanto telefónicamente comunicando el pronóstico como la recepción de aquellos que concurren al establecimiento; los circuitos diferenciados de circulación de estas personas, los elementos de protección y las conductas a llevar a cabo dentro de áreas críticas que tienen una alta contagiosidad” señaló Ferrante.