Un fallo en el árbolito de la Ciudad

Fallo de la Corte Coparticipación
La Corte Suprema de Justicia aceptó la cautelar solicitada por el Gobierno de la Ciudad en su disputa con el Estado Nacional. Fijó, sin mayores argumentos, un nuevo índice de coparticipación que se traduce en una transferencia de recursos por sobre los presupuestado de 182 mil millones desde la Nación a la Ciudad.

Por Ignacio Di Toma Mues

Para analizar el fallo de la Corte Suprema de Justicia respecto a la disputa entre el Gobierno de la Ciudad y el Nacional sobre la Coparticipación Federal es bueno escrutar el presupuesto que para el año 2023 sancionó la Legislatura porteña. Y también las leyes que están involucradas en esta controversia judicial.

La pretensión del Ejecutivo porteño es que la Nación gire los recursos para cubrir el 100 % del gasto de seguridad, mientras el Gobierno Nacional plantea que se debe financiar sólo una parte.

En el traspaso convenido en 2016, la Nación transfirió a la Ciudad 19.500 agentes de la Federal, más bienes materiales e inmateriales – como ser edificios, vehículos, tecnología – que se sumaron a la Policía Metropolitana, creada en el año 2008, que en ese momento tenía 7.300 agentes.

Para el 2023, la Legislatura porteña aprobó el presupuesto con fondos destinados al área de seguridad por 167,4 mil millones de pesos.

La ley 27.606, aprobada por el Congreso nacional en diciembre de 2020, establece que la Ciudad debe recibir el 1,4% de coparticipación y por el traspaso un monto que actualizado es de un poco más de 90 mil millones.

La diferencia entre lo reclamado por el Gobierno de la Ciudad y lo establecido por la ley nacional es de 77 mil millones.

El dictamen de la Corte, suspende la ley 27.606, y fija un procentaje del 2,95.

En el presupuesto porteño para el 2023 entre coparticipación (1,4%) y lo que le correspondía por el traspaso, hasta antes del fallo de la Corte, estaban calculados ingresos por 336 mil millones. Aplicando el porcentaje fijado por los “Supremos” da un total de 518 mil millones, un incremento de 182 mil millones.

Haciendo una simple operación matemática (182 mil – 77 mil), da 105 mil millones de pesos por sobre lo reclamado por el Gobierno de la Ciudad, en base a su propio presupuesto. ¿Habrán hechos estos cálculos los “Cortesanos?

Cuál fue la ecuanimidad argumentada: “Esta Corte habrá de ajustar el alcance de la medida precautoria a dictarse para distribuir entre las partes del juicio la carga de soportar los eventuales perjuicios vinculados con la duración del proceso, el que, cabe recordar, tiene por objeto decidir tanto la demanda original, promovida por la Ciudad de Buenos Aires, como las pretensiones que fueron introducidas en la reconvención opuesta por el Estado Nacional.”

Esta fue una medida cautelar y los magistrados no se expidieron sobre el fondo de la cuestión. Una cautelar tiene que ver con la urgencia del caso, pero la Corte se tomó dos años.

Si observamos las cuentas públicas del Gobierno de la Ciudad, en los nueve primeros meses del año obtuvo un superávit fiscal de 166 mil millones de pesos (información del Ministerio de Hacienda), y tiene depositados en el Banco Ciudad (información del Banco Central) 274 mil millones de pesos. Dónde queda el argumento sobre la suspensión de obras por la quita en la coparticipación.

“Hacer una estimación de 2,95 por ciento, cuanto menos, y es una opinión personal, ameritaría en una sentencia judicial que haya una fundamentación. Las sentencias son actos de gobierno y, como tales, tienen que estar motivadas y fundamentadas. Ahí hay un punto débil” expresó Daniel Erbetta, ministro de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe.

En ese mismo sentido se expresó Andrés Gil Domínguez, abogado constitucionalista y profesor de Derecho Constitucional de la UBA: “La Corte estableció un 2,95%, pero no se aclara de dónde sale y cuáles son los fundamentos de cómo se arriba a ese porcentaje”.

En realidad, el “pecado de origen” está en el decreto firmado por Mauricio Macri a menos de un mes de haber dejado la jefatura del Gobierno de la Ciudad y asumir como presidente de la Nación.

De esta manera incrementó el porcentaje que recibía la Ciudad de Buenos Aires del 1,4% al 3,75%. Dos años después, ante el malestar manifiesto de la mayoría de las provincias, mediante otro decreto, redujo el porcentual y dispuso que sea del 3,5%.

El artículo tercero de la Ley de Coparticipación (Ley N° 23.548, sancionada en 1988 durante el Gobierno de Raúl Alfonsín) detalla de qué manera se distribuyen los fondos, estableciendo que, de la masa de impuesto coparticipables, el 56,66% les corresponde a las provincias, el 42,34% al Estado Nacional y el restante 1% al Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las provincias.

Como en 1988 no existía la autonomía porteña, cada año, con la sanción del presupuesto nacional, se fijaba un monto destinado a la Municipalidad de Buenos Aires.

El artículo 8° de la Ley 23.548 fija que: “La Nación, de la parte que le corresponde conforme a esta Ley, entregará a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y al Territorio Nacional de Tierra del Fuego una participación compatible con los niveles históricos, la que no podrá ser inferior en términos constantes a la suma transferida en 1987”.

El presidente interino Eduardo Duhalde, en 2003, mediante un decreto estableció que sea el 1,4% de los impuestos coparticipables.

Ahora bien, decimos que el pecado original de este entuerto judicial tiene fecha de enero de 2016 porque la Constitución, reformada en 1994, en su artículo 75, dice taxativamente que “no habrá transferencia de competencias, servicios o funciones sin la respectiva reasignación de recursos, aprobada por la ley del Congreso cuando correspondiere y por la provincia interesada o la ciudad de Buenos Aires en su caso”.

Se hizo el traspaso con la firma de un convenio en enero de 2016, convenio que ratificó la Legislatura porteña. Pero Macri nunca envió el convenio al Congreso para su aprobación, y tampoco la ley para el traspaso de competencias con sus recursos, como es manda constitucional.

El artículo 75 de la Constitución además específica que “un organismo fiscal federal tendrá a su cargo el control y fiscalización de la ejecución de lo establecido en este inciso, según lo determine la ley, la que deberá asegurar la representación de todas las provincias y la ciudad de Buenos Aires en su composición”.

Esta institución es la Comisión Federal de Impuestos donde están representadas todas las provincias y la Ciudad de Buenos Aires. Fue creada el 21 de marzo de 1973 por la Ley 20.221 y ratificada por la ley de Coparticipación Federal en 1988.

La Ley 27.606, sancionada en diciembre de 2020, proyecto enviado por el presidente Alberto Fernández, aprobó el «Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de Facultades y Funciones de Seguridad en Todas las Materias No Federales Ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires» y estableció la forma de transferir los recursos necesarios.

Esta ley fijó que “el gasto anual que demande la transferencia realizada a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco del convenio aprobado por el artículo 1° de la presente y su mecanismo de actualización trimestral serán acordados en forma bilateral por el Poder Ejecutivo nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en un plazo de sesenta días corridos contados a partir de la sanción de la presente”.

Además establece que el porcentaje a recibir por la ciudad como coparticipación es del 1,4%, y hasta la entrada en vigencia del acuerdo entre Nación y Ciudad, para financiar el traspaso “se transferirá en forma mensual y automática desde el Tesoro Nacional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la doceava parte de 24.500.000.000 de pesos que se considerarán a cuenta del monto que finalmente se acuerde”.

Y especifica que debe actualizarse en un 80% por el índice nominal del salario promedio de la Policía Federal Argentina y en un 20% por el índice de precios al consumidor elaborado por la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad.

Cuando fue llamado el Gobierno de la Ciudad a sentarse en la mesa de negociación, Horacio Rodríguez Larreta se negó a concurrir. “Nos vemos impedidos de concurrir a la reunión propuesta, según lo establecido por el artículo 2° de esta ley, ya que hemos planteado judicialmente la inconstitucionalidad de la misma”.

Por otro lado, la Ley de Cautelares establece que “los jueces no podrán dictar ninguna medida cautelar que afecte, obstaculice, comprometa, distraiga de su destino o de cualquier forma perturbe los bienes o recursos propios del Estado”.

Sin embargo, la Corte Suprema ordenó que “durante la tramitación del proceso el Estado Nacional entregue a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 2,95% de la masa de fondos definida en el artículo 2° de la ley 23.548”. Y que “las transferencias correspondientes a lo dispuesto en el punto resolutivo anterior se realizarán en forma diaria y automática por el Banco de la Nación Argentina”.

Si al día siguiente se hubiera cumplido al pie de la letra el fallo, el Ejecutivo hubiera incurrido en el delito de malversación de fondos.

El recurso presentado por el Gobierno Nacional, contemplado también en la ley de cautelares, tiene carácter suspensivo. Hasta tanto no se resuelva, no hay desobediencia. Los «cortesanos supremos» parecen no tener apuro, y ya están disfrutando de sus vacaciones.

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