Elecciones 3.0

El Poder Ejecutivo porteño reglamentó la ley por la cual se implementa la boleta única y el voto electrónico en las elecciones para cargos públicos en la ciudad de Buenos Aires. ¿Se implementará en 2015?

Por Fernando Casasco

El sistema de boleta única establece, según el artículo 3º del Anexo II de la ley 4894, que en la misma boleta se “incluye todas las categorías, claramente distinguidas, para las que se realiza la elección y estará dividida en espacios, franjas o columnas para cada agrupación política que cuente con listas de precandidatos/as o candidatos/as oficializadas”. Además, dichos espacios deben “distribuirse homogéneamente entre las distintas listas de precandidatos/as o candidatos/as oficializadas” (1).

Los defensores del sistema de boleta única, que ya se implementa en las provincias de Santa Fe y Córdoba, sostienen que se termina con el de la tradicional “boleta sábana” horizontal, en el que el elector debe proceder a realizar complicados recortes para votar candidatos de distintos partidos en las diferentes categorías.

En cambio, en la boleta única sólo se debe marcar la opción preferida. Asimismo, se evitan otras “trampas” del proceso electoral tradicional como el robo de boletas o el “voto cadena”, etc.

Sin embargo, en el caso de la ciudad de Buenos Aires – al igual que en otros distritos grandes – se plantea una complicación: la nómina de candidatos a elegir es tan extensa que no puede figurar toda en la misma boleta.

La ley especifica que en el caso de los legisladores porteños o comuneros, sólo se identificarán los primeros tres candidatos a dichas categorías, con nombre y apellido, además de la fotografía del primer postulante. Este obstáculo se subsana parcialmente exhibiendo afiches en el lugar de votación con las listas completas de todos los partidos.

Respecto al voto electrónico, la ley sólo habilita su implementación, que queda a decisión del Poder Ejecutivo. Entre los principios aplicables, remarca que se debe “proveer la máxima seguridad posible a fin de evitar eventuales instrucciones, intrusiones, o ataques por fuera del Sistema, debiendo preverse una protección y seguridad contra todo tipo de eventos, caídas o fallos del software, el hardware o de la red de energía eléctrica”.

Entre los puntos de la reglamentación por parte del Poder Ejecutivo (2), se destaca que debe haber “conocimiento y acceso” de la Autoridad de aplicación y de los partidos tanto al hardware como al software a utilizar, así como prever “mecanismos de control” por parte de los propios electores.

También afirma que “el sistema que se adopte debe cumplir con específicos niveles de seguridad que impidan la adulteración del voto y garanticen la inviolabilidad del mismo y su debido resguardo y secreto”. Asimismo, establece que “el sistema no debe permitir la conexión entre el proceso de identificación y el de sufragio, y la máquina de votación no debe tener memoria ni capacidad de almacenar el registro de los votos”.

Resetear los comicios

Al defender la implementación del voto electrónico, la vicejefa de Gobierno, María Eugenia Vidal, sostuvo que “elimina la impresión de boletas, el robo de boletas, entre otros”. Además, subrayó que se facilita el escrutinio, reduce la posibilidad de fraude y beneficia a los partidos chicos, ya que los mismos no tendrán necesidad de contar con fiscales en todas las mesas.

En cuanto a la operatoria concreta, se trata de un sistema similar al utilizado en las elecciones en la provincia de Salta, Ushuaia o Marcos Juárez. La funcionaria explicó que tras procesar su voto en la computadora, “uno recibe una boleta impresa que tiene un código de barras con los que votó y lo pone en la urna. En el recuento, cada boleta con ese código, muestra en una pantalla lo que votó cada uno”.

Aquí se plantean las principales dudas de los especialistas. La única empresa proveedora de esta tecnología es Magic Software Argentina (MSA S.A.), por lo que algunos apuntan que puede tratarse de una licitación “a medida”.

Además, en el decreto no se menciona la existencia del “código de barras” del que habla Vidal, por lo que los detalles técnicos quedan a criterio del Ejecutivo. O lo que es peor: del concesionario del servicio.

Según declaró Beatriz Busaniche, secretaria de la Fundación Vía Libre, al sitio Infotechnology.com “no es un problema del sistema en sí, sino más bien un problema político. Se está tercerizando el acto electoral en una empresa privada”.

Contra las declamaciones acerca de la “modernidad” y “eficiencia” del sistema, hay que observar las experiencias internacionales.

La Corte Suprema de Justicia de Alemania prohibió el uso del voto electrónico en 2009, por considerarlo “inconstitucional”. En Holanda, la desconfianza y las denuncias por supuesta manipulación de las computadoras, hizo que se regresara al sistema tradicional en 2008. Y en Irlanda se detuvo el proceso de convergencia hacia el voto electrónico. En cambio, otros países de la región, como Brasil y Venezuela, lo han implementado con aceptable éxito.

Queda demostrado que su implementación no es una demostración de desarrollo tecnológico, sino una decisión de tipo político. Julia Pomares, directora del Programa de Instituciones Políticas del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC) subraya que “cada dirigencia política, según su contexto, decide cuál es la forma de votar más adecuada. No hay nada inexorable o natural” (3).

Además, remarca que “la decisión no es inocua electoralmente: cualquier cambio en la forma de votar – al cambiar cómo se nos presentan las opciones – tiene efectos en el comportamiento electoral”.

Este punto es decisivo en la implementación: si, por ejemplo, las computadoras presentan en su pantalla inicial la opción de votar a todos los candidatos del mismo partido, sin previsualizar a cada uno de ellos, crecen las posibilidades de postulantes con menor conocimiento que vayan “enganchados” a la boleta de un candidato favorito.

En el caso del PRO, muchos consideran que crecerían las posibilidades de Horacio Rodríguez Larreta, en su disputa con Gabriela Michetti, por la sucesión de Mauricio Macri. Y justamente la implementación del sistema depende de un área a cargo del actual Jefe de Gabinete.

Por último, las dudas se centran también en el calendario. Para que las elecciones porteñas se realicen según las modalidades de boleta única y voto electrónico, deben ser desdobladas de las nacionales, tal cual lo establece la actual ley.

Para ello, en los próximos días, el Jefe de Gobierno debe convocar a los comicios: las primarias abiertas deberían realizarse en marzo o a mas tardar en abril, las elecciones generales en junio y el balotage en julio, previo a las PASO nacionales.

Un calendario tan apretado, haría de difícil concreción un cambio tan profundo en el sistema electoral. Una solución intermedia sería la implementación de la boleta única y que el voto electrónico se realice en forma experimental, en algunas mesas. La unificación con el calendario electoral nacional impediría la implementación de cualquier reforma.

La decisión está en manos de Macri y se comunicará en los días que corren. Todo parece quedar librado a la conveniencia política del partido gobernante: si se considera que un previsible triunfo previo le sirve al líder del PRO para su candidatura presidencial, habrá un largo calendario de elecciones; en cambio, si se prevé en que su figura empuje a los postulantes locales, se buscará la unificación – previa ley de la Legislatura – con los comicios nacionales.

1. Anexo de la LEY Nº 4.894: http://www.cedom.gov.ar/es/legislacion/normas/leyes/anexos/al4894.html

2. Decreto 441/2014: http://www.lapoliticaonline.com/files/content/85/85016/boleta.pdf

3. Pomares, Julia: “7 claves sobre el voto electrónico” http://www.cippec.org/-/7-claves-sobre-el-voto-el-voto-electronico

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