La justicia porteña ordena al Gobierno de la Ciudad garantizar la escolarización virtual

clases en la ciudad
La justicia del fuero Contencioso Administrativo porteño ordenó al Ejecutivo de la Ciudad a que se abstenga de computar faltas, o quita de vacantes, y tomar las medidas necesarias para garantizar clases virtuales. El fallo regirá hasta tanto la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva o finalice el periodo dispuesto por el DNU del Gobierno Nacional.

(EBVP) El Juez Guillermo Scheibler, del fuero Contencioso Administrativo porteño, ordenó al Gobierno de la Ciudad que “se abstenga de computar las faltas y/o quita de vacantes respecto de aquellos/as alumnos/as cuyos padres y madres resolvieran la no concurrencia de sus hijos/as a los establecimientos educativos”. El fallo también obliga a que se tomen las medidas necesarias a fin de garantizar la escolaridad virtual.

La acción de amparo colectivo fue presentada por padres y madres de diferentes alumnos de los niveles inicial y primario que asisten a instituciones educativas de gestión estatal y privada de la ciudad.

El magistrado señaló que este dictamen regirá “hasta tanto la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva la cuestión planteada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires respecto a la constitucionalidad del artículo 2º del DNU 241/2021 o hasta el cumplimiento el plazo dispuesto en dicho artículo, lo que ocurra primero”.

Por otro lado, la jueza Romina Tesone, del mismo fuero, rechazó “in limine” una presentación que solicita la declaración de inconstitucionalidad del DNU 241/2021. De la misma manera había dictaminado el viernes 17 de abril, fallo que fue revertido por la Sala 4 de la Cámara de apelaciones que resolvió suspender la aplicación del DNU en cuanto al cierre de escuelas con clases presenciales durante dos semanas.

Tesone se declaró incompetente para entender en este planteo “en atención a su carácter federal y en función a que la competencia en tal materia resulta improrrogable”.

“De acuerdo con los términos del escrito de inicio, la controversia que aquí se plantea enfrentaría al Estado Nacional y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, circunstancia que determina la competencia originaria, en razón de las personas, de la Corte Suprema de Justicia” expresó la jueza en su resolución.

Y agregó que “en el escrito de inicio presentado ante el máximo tribunal federal, el propio Estado local ha invocado el carácter federal de las cuestiones involucradas y su derecho a litigar ante los estrados de la Corte.”.

Por último advirtió que “desde antiguo se ha considerado que la misión más delicada que compete al Poder Judicial es la de saberse mantener dentro de la órbita de su jurisdicción, sin menoscabar las funciones que incumben a los otros poderes o jurisdicciones pues es el judicial el llamado a hacer observar la Constitución Nacional, y de ahí que su avance en desmedro de otras facultades revestiría la mayor gravedad para la constitucional y el orden público”.

Recordemos que el juez Esteban Furnari,  del fuero federal en lo Contencioso Administrativo, declaró la incompetencia de la Justicia porteña para resolver sobre el DNU que suspendió las clases presenciales y envió la causa a la Corte Suprema. Sin embargo el Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta desconoció este último fallo judicial.

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